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EL CONGRESO DE COLOMBIA NO APROBÓ EL REFERENDO DEL AGUA
El Agua, elemento fundamental para la vida,
será privatizada. Un país que no defiende sus recursos naturales
es un país que se suicida.... Reproducimos el comunicado del
Comité del referendo por la defensa del Agua, la negativa a este
referendo se debe a la mentalidad entreguista de los gobernantes,
para quienes es mas importante las multinacionales que el futuro
de nuestro país. Que país le vamos a dejar a nuestros hijos...
COMUNICADO DEL COMITÉ PROMOTOR DEL REFERENDO POR EL AGUA
El Congreso negó el referendo por el derecho humano al agua, la lucha por
la defensa del agua y la vida continua
Bogotá, 21 de Mayo de 2010
El Comité Promotor del Referendo por el Derecho Humano al Agua informa al
Pueblo Colombiano, a los más de dos millones de personas que firmaron para
que se convocara el referendo, a las organizaciones que lo promueven,
integrantes de los Comités Territoriales y del Comité Nacional en Defensa
del Agua y de la Vida, a las organizaciones sociales nacionales e
internacionales y a los compañeros y compañeras de otros países que lo
apoyan, lo siguiente:
1.- En su sesión del 18 de Mayo, la Cámara de Representantes puso a
votación una proposición del Representante Germán Navas Talero, para que
se decidiera la convocatoria del referendo con el texto original firmado
por los ciudadanos(as). Esta proposición obtuvo 70 votos a favor y 13 en
contra. Al no alcanzar la mayoría calificada de la mitad más uno de los
miembros de la Cámara fue negada de acuerdo con la Ley. Por consiguiente,
el referendo que promovemos quedó negado.
2.- Señalamos como culpables de la frustración de nuestro referendo, es
decir de impedir que el pueblo colombiano decida sobre el derecho humano
al agua, contra la privatización del servicio público de acueducto y a
favor de la protección del ciclo hídrico, en primer lugar al Gobierno del
Presidente Uribe, el cual se empeñó, desde que se inició el trámite hace
diecinueve meses, en hundir la iniciativa popular. Para ello impuso a su
bancada, mayoritaria en el Congreso, ese punto de vista y ese propósito.
En segundo lugar a la gran mayoría de los parlamentarios pertenecientes a
los partidos uribistas que cumplieron obsecuentemente los mandatos de su
jefe. En tercer lugar, a los intereses económicos que se mueven en el
negocio del agua y que actuaron tras bambalinas, pero en todo momento, en
contra del referendo y de la voluntad popular.
3.- Hacemos un reconocimiento justo y sentido a las bancadas del Polo
Democrático Alternativo, del Partido Liberal, del Movimiento MIRA, y a los
representantes indígenas y afrodescendientes que en todo momento y de
manera decidida han apoyado y apoyan la iniciativa ciudadana. Así mismo a
los pocos representantes que siendo afectos al Gobierno se han atrevido a
actuar de acuerdo con su conciencia y también la apoyan.
4.- Lo ocurrido hasta ahora demuestra que el Congreso colombiano y la
Cámara de Representantes, como instituciones, son escenarios
antidemocráticos, adversos a la participación ciudadana. Además de lo
anterior, el incumplimiento de sus deberes, comenzando por los más
elementales como asistir a las sesiones y permanecer en ellas, fue
ostensible y frecuente por no decir permanente. En el actual período la
plenaria de la Cámara solo alcanzó el quórum decisorio y lo mantuvo en la
sesión del pasado 18 de los corrientes. En las más de diez citaciones
anteriores este quórum no se completó o se disolvió luego de aprobar el
orden del día. Así el ausentismo parlamentario se sumó a la obsecuencia
hacia Gobierno y los intereses privados y mercantiles en torno al agua
para negar el referendo.
5.- El ponente del proyecto de convocatoria del referendo en la Comisión
Quinta de la Cámara y ante la plenaria de la misma, Doctor Bladimiro
Cuello, persiste en plantear que se apruebe con las modificaciones
sustanciales que el propuso y la mayoría uribista de dicha Comisión
aprobó. Esta actitud es contraria a la Constitución y la Ley que no
permiten al Congreso hacer tales modificaciones. Desafía además a la Corte
Constitucional que ya lo advirtió de manera clara y contundente en la
sentencia en que declaró inexequible la Ley 1354 de 2009, mediante la cual
se pretendía facilitar una segunda reelección del Señor Uribe Vélez.
6.- De aprobarse el referendo modificado de tal manera, es decir
eliminando del texto el derecho humano al agua y la desprivatización del
servicio de acueducto, entre otras modificaciones sustanciales, se estaría
perpetrando un asalto a la voluntad popular expresada en las más de dos
millones de firmas que apoyan el referendo. Se estaría manipulando una
iniciativa ciudadana, limpia y transparente, o por lo menos conduciéndola
a un final ya anunciado por la Corte: su inconstitucionalidad. Tal vez con
la pretensión de ocultar la negativa a dejar que el pueblo decida y
trasladar la responsabilidad a la Corte Constitucional.
7.- Varios parlamentarios de la oposición han advertido que, de
perpetrarse la anterior maniobra, podría estarse incurriendo por quienes
la promueven y la acompañen con su voto en el delito de prevaricato, lo
cual deberá ser investigado y sancionado por las autoridades judiciales
correspondientes si llega a consumarse.
8.- El Comité Promotor estudia las posibles acciones jurídicas tendientes
a reponer el texto original en lo que queda del debate, a que se reponga
el tiempo perdido por causa del ausentismo parlamentario, a que se respete
el debido proceso, a que en últimas se haga efectivo el derecho a la
participación. Una vez interpuestas dichas acciones se informará
ampliamente.
9.- El Comité Promotor reitera su voluntad de continuar luchando por los
principios, postulados y propuestas incluidos en el texto original del
referendo, acudiendo para ello a las vías legales existentes y a la
movilización ciudadana.
10.- Para efectos de todo lo anterior reitera la convocatoria de la IX
Asamblea Nacional del Comité Nacional en Defensa del Agua y de la Vida
para el próximo 4 de Junio, en el Auditorio de Sintraemsdes, en la ciudad
de Bogotá.
¡¡¡VIVA EL REFERENDO POR EL DERECHO HUMANO AL AGUA ¡!!!!!
¡EL AGUA ES NUESTRA. DEFENDAMOSLA!
Comité de Promotores:
Rafael Colmenares – Vocero del Comité -; Humberto Polo – Sintraemsdes-;
Oscar Gutiérrez – Unión Nacional de Usuarios de los Servicios Públicos- ;
Tatiana Roa Avendaño– Censat Amigos de la Tierra -; Javier Márquez – Penca
de Sábila-; Héctor Gañán – Organización Nacional Indígena de Colombia –
Martha Cañón – Avocar-; Rodrigo Acosta – Central Única de Trabajadores;
Cristo Miranda – Acueductos Comunitarios- . Próxima Conferencia "la semiótica de lo intrascendente en el Imaginario Juvenil"
La conferencia titulada La semiótica de lo intrascendente en el imaginario juvenil desarrolla la historia de la revolución en las comunicaciones. La generación de una riqueza de códigos facilitnado el intercambio de información y velocidad en el envío de mensajes, en medio de este mundo virtual, el cual se vive con saturación de nombres, direcciones e información y datos. Enfrentandonos a la mayor crisis en la trascendencia del ser que huye a encontrar su esencia en la soledad y se sumerge en forma patológica en una sociedad de consumo que termina cosificando al individuo y le niega su realización. La conferencia se basa en los escritos de MARC AUGÉ, EDUARDO GALEANO, PLOTINO, entre otros.
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A cargo de: Diego Orlando Bernal Sánchez, Abogado. Especialista en filosofía del derecho y teoría jurídica.
EL FANTASTICO SUEÑO DEL GOLEMDRIAGO...PROXIMA PRESENTACION...OBRA TEATRO PARA TODOS
El montaje en técnica de TEATRO NEGRO, cuenta la historia de dos niños que viven en un mundo rodeado por un muro, los adultos les han inculcado la idea que el muro los protege de un feroz animal al que llaman el GOLEMDRIAGO, los niños jugando cerca del muro pierden uno de sus juguetes que fue a parar del otro lado del muro, pronto descubren que el Golemdriago es un Dragòn que se alimenta de sueños y con su ayuda logran llegar a lo alto del muro sembrando un abeto, el crecimiento de este árbol les hace vivir emocionantes historias mediantes las cuales descubren que en la naturaleza o en el planeta todos somos importantes.
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Pildora de interes
El teatro negro de Praga (černé divadlo) es un tipo de representación escénica muda que se caracteriza por llevarse a cabo en un escenario negro a oscuras, con una iluminación estratégica que da lugar a un fantástico juego de luz y de sombras. Pese a estar presente en otros puntos del planeta, el teatro negro es principalmente llevado a cabo en Praga, capital de la República Checa, que le da su nombre.
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Organiza: Fundación Samsara y el Sistema de Patrimonio y Museos. UN.
Tanta barbarie se debe acabar... No al maltrato animal...
LA TORTUGA ESTABA VIVIENDO EN LA TERRAZA DE UN EDIFICIO DE LA CIUDAD DE CALI, LOS AMBIENTALISTAS MANIFESTARON QUE A SUS INSTALACIONES LLEGAN MUCHOS CASOS DE ANIMALES SILVESTRES QUE SON ALEJADOS DE SU AMBIENTE NATURAL Y SOMETIDOS A ESTOS TRATOS, NOMBRARON EL CASO DE UNA TORTUGA QUE UNOS TIPOS PISARON CON UN AUTO SOLO PARA “COMPROBAR LA FUERZA DE SU CAPARAZÓN”.
¿ ES ESE EL DESTINO DE NUESTROS ANIMALES?
¿ ES ESE EL DESTINO DE NUESTRAS TORTUGAS?
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REGISTRO DE LA CONFERENCIA "LOS VIAJES QUE GULLIVER NO CONTÓ"
Conferencia realizada el 7 de abril de 2010 en la Libreria del Magisterio

CONFERENCIA "LOS VIAJES QUE GULLIVER NO CONTÓ" Entrada libre,
"LOS VIAJES QUE GULLIVER NO CONTÓ"
Entrada libre
El conferencista es abogado con especialización en Filosofía del derecho y teoría jurídica, diplomado en gestión cultural y gerencia literaria.

Inicio Archivo La pobreza en Colombia no cede Domingo, 14 de Febrero de 2010 00:00 Redacción Bogotá / Vanguardia Liberal Negocios

Este artículo es de un períodico libera... Pregunto... Que es lo bueno del gobierno de don Alvaro...
Sus vecinos no pasan por mejores momentos. “La pobreza ronda por acá con tranquilidad. Muchos han salido de la zona a buscar buena fortuna en las ciudades, pero las cosas por allá tampoco están mejor y se dedican al rebusque en barrios de casas de lata y techo de plástico”, anota Carla.
Ella hace parte de casi la mitad de colombianos (46%) que viven en la extrema pobreza, según cifras del Gobierno. Sin embargo, algunos sectores aseguran que la situación es más crítica y los extremadamente pobres en el país estarían superando el 60%.
Según el gobierno
De acuerdo con la Misión para el Empalme de las Series de Empleo, Pobreza y Desigualdad, Mesep, que convocaron el Dane y Planeación Nacional para actualizar las cifras de pobreza y desigualdad en Colombia, en el país más del 46% de la personas vive en condiciones de pobreza y el 17% vive en la calle.
Es decir, 20,5 millones de colombianos son pobres y 7,9 millones, indigentes. Según las estadísticas hasta junio de 2006, la pobreza y la indigencia eran de 45,1 y 12 por ciento respectivamente.
En Colombia se considera que un hogar está en condición de pobreza cuando, estando conformado por cuatro personas, tiene ingresos inferiores a un millón 100 mil pesos mensuales. En cuanto a la indigencia (pobreza extrema), se hace referencia a los hogares que no tienen ingresos suficientes para comprar una canasta básica de alimentos, que en el país se estima que cuesta 450 mil pesos para cuatro integrantes.
Para el Pnud, las metas del Gobierno, frente al tema, que eran de cifras de pobreza del 28% en 2015, no será posible cumplirlas.
“Será muy difícil que se cumpla con la meta en pobreza e indigencia.
Es necesario redoblar esfuerzos para mejorar los actuales indicadores”, dijo el coordinador del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (Pnud), César Caballero.
Según el Pnud, 48 de cada 100 colombianos seguirán pobres en el año 2011, mientras que la meta en 2015 es que sólo sean 28 de cada 100 habitantes.
“El problema es que este informe y cifras se obtuvieron antes de la crisis económica. Si el desempleo sigue en aumento al igual que la informalidad, es probable que la situación sea aún peor”, dijo Caballero.
Teniendo en cuenta los recursos asignados en los planes de desarrollo, los departamentos con mejor perspectiva al año 2011 son Santander, Cesar, Cundinamarca, Boyacá, Tolima y Antioquia.
La Asociación Nacional de Instituciones Financieras, Anif, tampoco cree que la meta se cumplirá en 5 años, incluso asegura que para esa fecha los pobres en el país serán el 50 por ciento. “La meta de 28 por ciento para el 2015 luce casi inalcanzable, pues implicaría una reducción de cerca de 22 puntos porcentuales en tan sólo cinco años (2010-2015). Para lograrlo recomendamos enderezar las políticas públicas en lo referente a una reducción de los parafiscales y replantear los programas asistencialistas del Gobierno Nacional”, anotó un documento de la entidad.
¿Es cierto?
Para muchos estudiosos del tema, es una paradoja que en los dos años anteriores se reflejara un crecimiento de la pobreza, cuando precisamente el Gobierno anunció crecimientos altos de la economía.
“Comparada con 2005, la pobreza bajó 4,3 puntos, mientras que la pobreza extrema o indigencia aumentó 2,1 puntos, lo cual no deja de llamar la atención porque el crecimiento promedio de la economía en esos tres años fue de 5,6 por ciento, con un pico excepcional de 7,5 por ciento en 2007. En ese trienio, la reducción de la pobreza y el incremento simultáneo de la indigencia es un resultado extraño, pues estamos hablando del periodo en que la economía creció más en la historia reciente y vimos un aumento de la pobreza extrema, que es paradójico, dijo Alejandro Gaviria, de la Universidad de los Andes.
Para el representante de la Cepal en Colombia, Juan Carlos Ramírez, “los aumentos en los precios de los alimentos empobrecieron más a algunas personas y las mandaron a la indigencia”.
Para el ex ministro Juan Camilo Restrepo, las cifras explican que 46 de cada 100 colombianos siguen viviendo en la pobreza; “pero que si nos fijamos en los colombianos que viven en el campo el cuadro es aún más inquietante: 65 de cada 100 colombianos que habitan las zonas rurales viven en lo que se conoce como parámetros de pobreza, al paso que los pobres que viven en las ciudades son 39 de cada cien. O sea, la brecha de pobreza entre lo urbano y lo rural sigue ampliándose”
“El estudio muestra que si bien ha habido alguna mejoría entre los indicadores de pobreza y de indigencia que prevalecían en 2002 y los que aparecen en 2008, no es menos cierto que la situación es muy preocupante. Así hayan mejorado algunas décimas. El país desaprovechó tristemente los años de vacas gordas (2002-2007), que fueron años de alto crecimiento económico, de abundante inversión nacional y extranjera, de comercio internacional robusto y de altos precios en los productos básicos, para haber construido una sociedad más justa y más equitativa”, anotó Restrepo.
Agregó que desafortunadamente el crecimiento sólo se vio reflejado en los sectores más ricos.
Para Jorge Iván González, director del Centro de Investigaciones para el Desarrollo (CID), de la Universidad Nacional, la distribución de los ingresos sigue siendo desigual y “la política económica no ha hecho nada para reducir la concentración de la riqueza”.
“Lo grave es que la desaceleración de la economía, que trae consigo incremento de la desocupación y el deterioro de la calidad del trabajo, incide negativamente en el comportamiento de la pobreza y de la pobreza extrema, y refuerza la concentración del ingreso, a no ser que la política social sea capaz de contrarrestar esos dos lastres de la economía y la sociedad colombiana”, anotó.
Informamos que la conferencia se canceló
Agradecemos su comprensión
Oportunamente avisaremos de la nueva fecha...
ATENTOS... LOS GRINGOS SE ROBAN LOS NIÑOS...

El siguiente artículo ha sido encontrado en los archivos pero no contiene el vídeo original
De hecho en el aeropuerto ha sido detenido un estadounidense que pretendía embarcar 20 niños hacia Estados Unidos.
Colegios como este donde al menos comían una vez al día son ya solo ruinas.
Para la mayoría la situación es límite.
“Tengo los bolsillos vacíos, ni arroz blanco tengo para dárselo a los niños, no tengo nada, nada”.
“No tengo nada, nada. Voy a hervir te para dárselo con sal”.
Una mirada atenta sobre las barriadas de Puerto Príncipe muestra más que nunca la organización social en la que la familia puede ser la madre y el padre pero también tíos, primos, incluso vecinos como red social de apoyo.
“Su madre y su padre han muerto. Soy yo ahora quien va a cuidarlos”.
El caos aumenta el peligro y desamparo que han sufrido siempre los niños haitianos. Por eso los representantes de la UNICEF advierten del riesgo añadido que pesa sobre los niños abandonados.
“Sería muy fácil para algunos coger un niño desplazado por la tragedia y traficar con él en otro país explica Julie Bergeron, de la Unicef sobre todo porque ya no hay certificados de nacimiento. Hay muchos niños que van a salir del país y sus padres van a creer que sus hijos han muerto.
¿Donde están los padres de estos dos niños de cinco meses rescatados por el ejécito israelí? ¿Han muerto o su familia les llora en Puerto Príncipe? La Unicef pide tratar con cuidado y sin precipitación las demandas de adopción que llegan del primer mundo.
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Tags: Desastre natural, Haití, Terremoto en Haiti
Disposición de los animales vagos capturados y/o puestos a disposición del Centro de Zoonosis de Santa Fe de Bogotá
ACTA DE REUNION ONG PROTECCION ANIMAL BOGOTA VIERNES 13 DE NOVIEMBRE/09
ENTIDADES PARTICIPANTES:
· FEDAMCO (FEDERACION DE ENTIDADES DEFENSORAS DE ANIMALES Y DEL AMBIENTE DE COLOMBIA)
· AGENDANIMAL
· AMIGOS DEL PLANETA
· CASANIMAL
· FUNDACION MIA
· SALVA UN AMIGO
· SOCIEDAD PROTECTORA DE ANIMALES DE COLOMBIA –SPAC-
· FUCORAA
· PROTECTORAS INDEPENDIENTES
Siendo las 5:00 P.M. se reunieron las entidades de protección animal de Bogotá para exponer su posición acerca de la construcción de un Albergue de animales por parte de la Secretaría de Salud.
Se recordó que debido a que entre las funciones de la secretaría de Salud no está la protección, defensa y preservación de los derechos de los animales un albergue oficial administrado por Secretaría de Salud no es factible pues siempre primará el control de zoonosis por medio del sacrificio de animales.
Que la protección, defensa a la vida y bienestar de los animales es una actividad ANTAGÓNICA a la preservación de la salud pública como uno de los objetivos prioritarios de la secretaría de Salud.
Que el artículo 56 del Decreto 2257 de 1986, prohíbe el tránsito libre de animales en las vías públicas y sitios de recreo y dispone que para efectos de control sanitario estos animales serán considerados como vagos y que debido a que el parágrafo primero del artículo 57 del Decreto 2257 de 1986 ordena la captura de perros y demás animales que puedan representar peligro para las personas, un Refugio de Animales de parte de la Secretaría de Salud con una orientación eminentemente proteccionista se apartaría de los objetivos de preservación de la salud pública y que bajo tal enunciado se continuarían sacrificando miles de animales como actualmente sucede en el equivocadamente llamado Centro de Tenencia y Adopción Canina y felina del Distrito.
El nuevo Refugio de Animales no es auto sostenible debido a que el sacrificio no representa un ingreso sino un gasto que se multiplicará dramáticamente teniendo en cuanta la envergadura del proyecto.
Que sí en más de 30 años que ha existido el Centro de Zoonosis la población canina y felina no ha disminuido en forma importante siendo sacrificados cada año miles de animales (14.000.000 en 2008) a pesar de que para entonces ya se llamaba “Centro de Tenencia y Adopción Canina y Felina del Distrito” no existe la garantía ni un argumento válido para que en el nuevo “Centro de tenencia y Adopción” esto no siga sucediendo.
Las ONG de Protección Animal y la ciudadanía reconoce que aunque el Centro ha mejorado en instalaciones, el maltrato a los animales previo al sacrificio sigue siendo la denuncia reiterada, y el exterminio la herramienta más utilizada para cumplir con los objetivos de evitar lasa zoonosis.
La esterilización adelantada a la fecha por el Distrito no ha sido relevante en resultados debido a que no es permanente, es inconstante, sectorizada y en puntos fijos a donde no llega la comunidad de la periferia que precisamente son los que más perros tienen, además las trabas para acceder a la mima contempla una serie de trabas que terminan por desanimar a los propietarios de los animes.
Solo un programa de Esterilización continuo, masivo y desarrollado por profesionales idóneos asegura el control de la natalidad y por ende el control de zoonosis por sobrepoblación y accidentes rábicos ya que reviste una medida preventiva y no extrema como lo es el sacrificio de animales.
Un Albergue de Animales bajo el punto de vista de preservación de la Salud Pública compromete no solo recursos económicos importantes para el sostenimiento de los gastos por venir sino representa un impacto ambiental definitivo del aire por incineración de más cadáveres de animales, suelo, contaminación de las aguas, etc. cosa que no sucedería con la esterilización.
Está demostrado por estudios especializados que la creación de un albergue incremente en forma inmediata el abandono de animales y las personas los ven como la solución a los problemas que les representa en algún momento su mascota.
Mientras no haya una educación en tenencia responsable de animales de compañía y cultura ciudadana continua y a todo nivel a la ciudadanía, un albergue se presenta como forma FACIL de evadir los deberes como propietario, tenedor o custodio de un animal.
El Distrito a través del Centro de Tenencia y adopción Canina y felina pagó cerca de 300.000.00 (trescientos millones de pesos ) a Ecocapital para la disposición de los cadáveres con la esterilización se obviaría este sobrecosto.
Las técnicas empleadas para disminuir la sobre-población canina y felina basadas en el exterminio de animales por electrocución, el envenenamiento, inanición, ahorcamiento, ahogamiento, sobredosis etc. no solo demuestran ser completamente ineficaces.
Mientras por un lado se matan los animales abandonados, el conjunto de la población animal (con o sin dueño) continúa aumentando geométricamente y esto se torna cada vez más gravoso para el erario público. Y como se puede ver no da solución a las causas que originaron esta situación, de manera que solo atacan las consecuencias.
La eutanasia ofrece solo una solución aritmética al problema de la sobrepoblación animal. Cada animal sometido a eutanasia reduce solo en un ejemplar la población, pero realmente un perro o un gato se reproducen geométricamente.
El exterminio de animales solo elimina a los animales de manera matemática, mediante el sacrificio de uno en uno, mientras la reproducción de los caninos y felinos es geométrica, es decir 8, 16,32…
Los animales que sobreviven a las mortales redadas, en el futuro tendrán más espacio y alimentos para reproducirse, por lo que dichos programas, solo representan una solución momentánea al problema pero sin prever las consecuencias del mismo a muy corto plazo.
Como resultado de las anteriores consideraciones las ONGs de Protección Animal de Bogotá declaran abiertamente su oposición a tal medida ya que no se considera conveniente ni viable la construcción de un nuevo establecimiento de animales porque implica perpetuar las condiciones de por sí desventajosas de los animales de compañía sin dueño.
Agenda Animal apoya el proyecto tal como está planteado actualmente pero se muestra dispuesta a consultar la propuesta de Protección con su agrupación.
Se termina la reunión a las 10:30 p.m.
Anexo:
RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE SALUD 349 DE 2005
RESUELVE:
Artículo 1º.- Definiciones. Para el efecto de la presente Resolución adóptense las siguientes definiciones:
ANIMAL VAGO: Semovientes de las especies bovina, porcina, ovina, equina, asnal, mular, caprina, canina y felina que se encuentren transitando libremente en las vías públicas o lugares de libre tránsito o zonas de recreo. También se considerarán como vagos aquellos que se encuentren transitando o sean conducidos por sus dueños en dichos lugares sin cumplir con lo observado en el artículo 57 del Decreto 2257 de 1986.
CENTRO DE ZOONOSIS: Dependencia de la Secretaría Distrital de Salud de Santa Fe de Bogotá, a donde deben ser enviados, recluidos, mantenidos y sacrificados, vendidos y/o donados los animales de que trata la presente Resolución.
Artículo 2º.- Funciones del Centro de Zoonosis de la Secretaría Distrital de Salud. Corresponde al centro de zoonosis apoyar la vigilancia, diagnóstico, prevención y control de factores de riesgo biológicos especialmente las zoonosis en el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, en coordinación con las demás entidades encargadas de realizar la inspección y vigilancia de las normas sanitarias y a las cuales se les dé el carácter de autoridad sanitaria.
Artículo 3º.- Todo propietario, poseedor o tenedor de un animal que transite con él dentro del perímetro urbano deberá recoger en bolsa plástica la materia fecal de éstos, con el fin de evitar la contaminación ambiental y las posibles zoonosis que se puedan transmitir por este medio físico, acorde con el artículo 44 del Decreto 2257 de 1986.
Artículo 9º.- De la disposición de los animales vagos capturados y/o puestos a disposición del Centro de Zoonosis de Santa Fe de Bogotá. Los animales capturados de las especies; canina y felina, (perros y gatos), que no sean reclamados por sus propietarios, poseedores o tenedores dentro de los 8 días calendario siguientes, no sean eliminados, y reúnan las condiciones de temperamento, estado físico, edad, condición higiénico sanitaria, que permitan realizar un proceso de readaptación, se darán en adopción, previa selección de los candidatos a adoptantes, los cuales deberán reunir requisitos tales como:
- Contar con espacio adecuado en su vivienda para el animal a adoptar.
- Disponer de tiempo suficiente para brindar los cuidados que necesita el animal.
- Conciencia que el animal adoptado debe ser considerado como un miembro más de la familia, y como tal requiere disposición de dinero para su cuidado y manutención.
Parágrafo 2º.- Los animales puestos a disposición del centro de zoonosis que hayan sido capturados, decomisados por otras autoridades distintas a las sanitarias, que dentro de los treinta días siguientes a su depósito en el centro de zoonosis, la misma no se haya pronunciado sobre el destino de los mismos, se entenderá que la Secretaría Distrital de Salud podrá disponer libremente de éstos, previo proceso sancionatorio.
Parágrafo 3º.- Cuando las autoridades sanitarias lo consideren pertinente podrán vender los animales a que hace referencia el presente artículo a precios comerciales y el producto de su venta se destinará a actividades en el control de zoonosis acorde con el artículo 137 del Decreto 2257 de 1986, previa ejecutoria del decomiso.
Artículo 11º.- Del procedimiento para el pago del valor de los costos de servicios oficiales. Para efectos de los pagos de los servicios de que trata la presente Resolución, adoptase el presente procedimiento.
Una vez capturado el animal, su propietario deberá reclamarlo dentro de un máximo de ocho días calendario, siguientes a su captura, para lo cual se trasladará al centro de zoonosis, donde, una vez identificado el animal, el funcionario del centro de zoonosis le entregará un recibo de consignación por los costos de servicios oficiales a la cuenta de la Secretaría Distrital de Salud que se tenga destinada para tal fin, debidamente diligenciado. Para efectos de la entrega del animal capturado, se deberá presentar a más tardar dentro de las 24 horas siguientes, copia auténtica de la respectiva consignación firmada por el cajero. La entrega se hará mediante acta (artículo 125 del Decreto 2257 de 1986).
Parágrafo 1º.- En caso de reincidencia de los propietarios en incurrir en las causales estipuladas en los artículos 56 y siguientes del Decreto 2257 de 1986 en el correspondiente proceso sancionatorio se impondrá multa, sin perjuicio al pago de los costos establecidos en la presente Resolución, aún en el evento que se imponga como sanción el decomiso del animal.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 6 de diciembre de 1999.
El Secretario Distrital de Salud, LUIS GONZALO MORALES SÁNCHEZ.
NOTA: La presente Resolución aparece publicada en el Registro Distrital No. 2043 de diciembre 14 de 1999.
Los Niños colombianos en el conflicto armado de la seguridad democratica
| En el conflicto armado de Colombia los niños son piezas fundamentales para incrementar el número de integrantes de los ejércitos paramilitares, muchos son engañados con fuertes sumas de dinero y otros son reclutados en contra de su voluntad. |
El libro El delito invisible: Criterios para la investigación del del reclutamiento ilícito de niños y niñas en Colombia, realizado por la Coalico, señala que cada cuatro de diez combatientes son menores de 18 años y su ingreso a las filas armadas irregulares se da a partir de los siete años de edad.
La experta Ana María Díaz destacó que el estudio publicado sugiere que los menores de 18 años, que conforman el 20 y el 30 por ciento de los grupos armados al margen de la Ley, son utilizados como ayudantes de cocina e informantes.
"Eso lo hacen todos los grupos que participan en el conflicto armado, en cuanto a las fuerzas del Estado, se conoce la utilización de los niños y niñas en tareas de inteligencia", señaló Díaz.
Según el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), cerca de tres mil menores se han desvinculado de todos los grupos armados en los últimos seis años.
Por otro lado, la prensa colombiana señala qe Pedro Olivero Guerrero, alias "Cuchillo", maneja una fuerza armada comparable a la de los grandes bloques paramilitares que según el Gobierno se desmovilizaron en el proceso de paz con las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), debido al pago que ofrece mensual a los reclutados.
De acuerdo con las entidades del Gobierno colombiano, tambien existen reclutamientos forzados, que tienen como principal objetivo usar a los jóvenes como transporte de armas y droga, o como informantes en lugares estratégicos.
El informe que maneja el libro de la Coalico destaca que actualmente en el mundo hay más de 30 situaciones graves en las que se violan los derechos de los niños y las niñas a causa de los conflictos armados, entre las que figuran realidades de la República Democrática del Congo, Somalia, Sudán, Sri Lanka, Nepal y Colombia.
QUE CARNE CONSUMEN LOS AMIGOS DE LA COMIDA CHATARRA?...
Compartimos esta información que nos envian los amigos de la Federación de Entidades Defensoras de Animales y del Medio Ambiente de Colombia.
Nació Matilde, nueva hipopótamo de camada de Pablo Escobar en Colombia
El Tiempo en la edición del 8 de septiembre publico esta nota:
La nueva integrante del grupo de hipopótamos nació en uno de los lagos de la hacienda Nápoles, en el departamento de Antioquia (noroeste), el antiguo emporio desde donde Escobar despachaba cargamentos de cocaína y recibía avionetas cargadas con millones de dólares en los años ochenta y ahora reconvertida en un parque.
"Esta cría se convierte en la segunda que sacamos adelante, después de Vanesa, la actual mascota del parque", dijo el veterinario Carlos Palacio, responsable del cuidado de los animales que Escobar, muerto en 1993, trajo desde Africa para completar un exótico zoológico.
Tras su muerte los animales quedaron bajo custodia oficial. Pero al menos dos de ellos escaparon y se han refugiado en una zona cercana al poblado de Puerto Triunfo, en el noroeste de Colombia, donde pescadores y agricultores aseguran haber sido atacados por ellos. Esa pareja de hipopótamos además tuvo una cría.
El 16 de junio un grupo de improvisados cazadores apoyados por soldados mató a Pepe, uno de los hipopótamos fugitivos, en una operación autorizada por el ministerio del Medio Ambiente que desató una polémica en Colombia.
MEDELLÍN
DEBATE DE CONTRO POLITICO A MINISTRO DEL MEDIO AMBIENTE POR EL ASESINATO DE PEPE EL HIPOPOTAMO
Transcribimos el texto de las respuestas del Ministro del medio ambiente en el debate de control político por el asesinato del hipopótamo Pepe.
Esta comunicación se logra, gracias al Doctor Jorge Morales Gil quien tuvo una excelente intervención en el debate.
040- 9810076-
Medellín,
Doctor
RIGO ARMANDO ROSERO ALVEAR
Secretario Comisión Séptima Constitucional Permanente
Cámara de Representantes
Carrera 7 No 8 -68 Piso 5
Bogotá D.C.
Asunto: Respuesta Proposición No 03 aprobada el 12 de agosto de 2009
Respetado doctor Rosero Alvear.
En atención a la Proposición No 03 aprobada el 12 de agosto de 2009, me permito manifestar:
Antes de dar respuesta al temario, es importante precisar que la normatividad ambiental colombiana que regula las competencias de las Autoridades Ambientales, especialmente la Ley 99 de 1993, el Código de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente Decreto Ley 2811 de 1974, el Decreto 1608 de 1978 y la Ley 611 de 2000, no contemplan la expresión animales salvajes para definir la fauna. Nuestra materia de competencia es la fauna silvestre definida en el Artículo primero de la Ley 611 de 2000 como: “Conjunto de organismos vivos de especies animales terrestres y acuáticas, que no han sido objeto de domesticación, mejoramiento genético, cría regular o que han regresado a su estado salvaje”.
Esta categoría tampoco está contemplada en los convenios internacionales sobre diversidad biológica y CITES para el componente de fauna, de los cuales hace parte Colombia.
La consideración de animales salvajes está contemplada en la Ley 84 de 1989, Estatuto de protección de los animales, Artículo 1, sin que en ninguna parte del texto se contemple su definición, que permita establecer qué tipo de animales se considera “animales salvajes” En este estatuto, se crean unas contravenciones para la protección contra el sufrimiento y el dolor, causados directa o indirectamente por el hombre y cuya competencia le corresponde a los Alcaldes o a los Inspectores de Policía que hagan sus veces, y en el Distrito Especial de Bogotá a los Inspectores Penales de Policía, en primera instancia. Y en segunda instancia a los Gobernadores del Departamento, el Consejo de Justicia de Bogotá, y los Intendentes y Comisarios según el caso.
Por lo anterior y para efectos de dar respuesta al cuestionario se asumirá que al referirse a animales salvajes se está considerando la fauna silvestre
Para mayor claridad es importante señalar que en el departamento de Antioquia existen cinco Autoridades Ambientales a saber: CORNARE con jurisdicción en el oriente y sur oriente antioqueño en veinte y seis municipios, a la cual pertenece el Municipio de Puerto Triunfo del que hace parte la Hacienda Nápoles, CORPOURABÁ con jurisdicción en el Urabá Antioqueño en diez y nueve municipios, el Área Metropolitana del Vallé de Aburrá con funciones ambientales en el área urbana de nueve municipios del Valle de Aburrá y CORANTIOQUIA con jurisdicción en 80 municipios del centro de Antioquia. Así mismo ejerce funciones de Autoridad Ambiental la Unidad administrativa especial del Sistema de Parques nacionales naturales en las áreas de su competencia declaradas en el departamento.
RESPUESTA A LAS PREGUNTAS:
PREGUNTA 1. Cuales son las funciones concretas que tiene a su cargo Corantioquia en relación con los animales salvajes en su zona de competencia?
RESPUESTA: Corantioquia en virtud de lo dispuesto en la Ley 99 de 1993 y en relación con la fauna silvestre tiene a cargo: 1. La Ejecución de las políticas, planes y programas trazados por el Ministerio del Medio Ambiente, Vivienda, Desarrollo Territorial y el Gobierno Nacional; 2. Ejercer la función de máxima Autoridad Ambiental en el área de su jurisdicción; 3. Expedir los permisos, autorizaciones, licencias o registros a que haya lugar, de acuerdo con el Decreto 1608/78, la Ley 611 de 2000, el Decreto 1220 de 2005, el Decreto 309 de 2000 y demás normas sobre la materia, para el uso y aprovechamiento de la fauna silvestre y de sus productos ; 4. Desarrollar el control y seguimiento a las actividades de uso, aprovechamiento, afectación, movilización, procesamiento y comercialización de la fauna silvestre; 5. Realizar actividades de educación que promuevan la conservación y el manejo de fauna silvestre colombiana. 6. Reservar, alinderar y declarar áreas de manejo especial para la preservación de la biodiversidad considerada en ésta la fauna silvestre.
PREGUNTA 2.A través de que programa desarrolla Corantioquia la política en torno a la protección de los animales salvajes en Antioquia?
RESPUESTA: A través del PROGRAMA IV: GESTIÓN INTEGRAL DE LAS ÁREAS ESTRATÉGICAS, Proyecto 9: Manejo y conservación de los bosques las flora y la fauna, Actividad 9.4: Conservación y manejo in sitú y ex sitú de especies amenazadas y o de importancia económica y ecológica. Programa inmerso en nuestro Plan de Gestión Ambiental Regional y el Plan de acción trienal (PAT) corporativo.
PREGUNTA 3. A través de que mecanismo de control e indicadores realiza Corantioquia el seguimiento de las condiciones en que son custodiados los animales salvajes en Antioquia?
RESPUESTA: Los mecanismos de control que se implementan en la jurisdicción están basados en las actividades sugeridas por la Estrategia Nacional para el Control del Tráfico Ilegal de Especies Silvestres, Abril del 2002 la cual se orienta a la atención de todas aquellas actividades ilícitas de aprovechamiento, movilización, tenencia, uso y comercio de especímenes silvestres, entendiendo como tales a todos los organismos de la diversidad biológica, vivos o muertos, o cualquiera de sus productos, partes o derivados
Dentro de éstos se encuentran:
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Capacitación a miembros de la Policía Nacional: Actividad que se efectúa en los diferentes Municipios de la Jurisdicción una vez en el semestre en cada uno de los comandos de Policía.
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Difusión y sensibilización: Se difunden promos educativos en las estaciones radio y de televisión de los Municipios de la Jurisdicción, actividad coordinada desde la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Corporación, dependencia se encargo de hacer los contactos y enviar el material a cada estación.
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Puestos de Control Ambiental (PCA): Este es un ejercicio que se realiza sobre las vías públicas, terminales de trasporte o fluviales, conjuntamente con los miembros de la Policía. El PCA, tiene como valor agregado el registro del conductor y vehículo mediante una ficha especialmente diseñada para ello y la señalización de la actividad mediante pancartas también exclusivamente diseñadas para apoyar visualmente esta actividad.
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Operativos de Revista: Las plazas de mercado (formales e informales) son los sitios preferidos por los traficantes para comercializar los productos de la fauna y flora silvestre. La Corporación solicita y coordina con los miembros de la Policía de todos los Municipios por medio del coordinador de la Policía Antioquia, hacer operativos de revista en terminales y mercados así como en parques y plazas.
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La Línea Verde que funciona 7 días a la semana y los 365 días del año para realizar la recepción y direccionamiento de quejas sobre tráfico de fauna y flora silvestre. La Línea que esta anidada en el centro de comunicaciones de la Policía Antioquia.
Para el año 2008 se lograron los siguientes resultados:
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Se recuperaron 2.574 individuos de la fauna silvestre, 1.329 mediante entregas voluntarias (659 aves, 468 reptiles y 202 mamíferos); 1107 mediante procedimientos policivos (328 aves, 653 reptiles y 126 mamíferos) y 138 animales rescatados (83 aves, 34 reptiles y 21 mamíferos).
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Se realizaron 278 jornadas de capacitación en donde se han sensibilizado 8.705 personas, de éstas 82 capacitaciones fueron para funcionarios de las entidades con funciones de policía, donde se contó con la participación de 925 funcionarios. Además se realizaron 196 jornadas de sensibilización a la sociedad civil, donde han participado 7.780 personas.
PREGUNTA 4: Que estadísticas tiene Corantioquia respecto del número, clase y condición en que se encuentran los animales salvajes en Antioquia, sin importar sin importar si son o no nativos?
RESPUESTA: Vale la pena precisar que en la jurisdicción de Corantioquia no existen zoológicos o colecciones registradas de especies de la fauna sean silvestres o exóticas.
La Corporación realizó una línea base o listado oficial sobre la diversidad de especies de vertebrados terrestres y voladores en su territorio pertenecientes a la fauna silvestre colombiana, donde se registran 117 especies de anfibios, 107 de réptiles, 114 especies de mamíferos no voladores, 128 especies de murciélagos y 797 especies de aves, información validada por expertos en cada una de las Clases taxonómicas. Esta información esta próxima a publicarse.
PREGUNTA 5: Que clasificación aplica Corantioquia para el manejo de los animales salvajes respecto del riesgo que representa para las personas que los custodian y en general para la comunidad?
RESPUESTA: Se reitera que Corantioquia para el manejo de la fauna silvestre no considera la enunciación animales salvajes.
Desde la normatividad la fauna silvestre se encuentra clasificada como fauna nativa y fauna exótica.
La corporación no realiza ninguna clasificación de los animales frente al riesgo que puedan presentar para las personas o para la comunidad. En caso de ser necesario el manejo de fauna silvestre en actividades aprobadas como zoocría, zoológicos, centros de tratamiento y rehabilitación y programas de conservación, cada proyecto deberá presentar los protocolos para el manejo de los animales de tal manera que se disminuyan los riesgos.
PREGUNTA 6: Que medidas preventivas aplica Corantioquia para garantizar la seguridad de las personas que están en contacto con animales salvajes en Antioquia y de las comunidades aledañas a los a los lugares en los que se encuentran estos animales?
RESPUESTA: Cuando se presentan conflictos asociados a la fauna silvestre, como protocolo, se realizan reuniones informativas con las personas o comunidades involucradas, para acordar conjuntamente acciones preventivas a tener en cuenta e implementar para afrontar las situaciones que pueden generar riesgo.
PREGUNTA 7: En que circunstancias puede Corantioquia contratar los servicios profesionales de cazadores para dar muerte a un animal salvaje en Antioquia?
RESPUESTA: De conformidad con lo establecido en el Decreto 1608 de 1978, cuando se produzcan fugas de animales del lugar de cautiverio (como en el caso de circos y zoológicos) o durante su movilización, el propietario, el administrador o el personal del establecimiento debe informar inmediatamente a la autoridad ambiental y colaborar con ésta en las acciones conducentes a su captura. Consideramos que en estos casos, según las circunstancias y dependiendo de la especie de fauna silvestre de que se trate, si la autoridad ambiental no cuenta con el personal o con los implementos requeridos para capturar el animal fugado, podría contratar los servicios de cazadores profesionales.
Corantioquia desde su creación y hasta el momento no ha contratado servicios profesionales de cazadores.
PREGUNTA 8: Con que presupuesto cuenta Corantioquia para atender contingencias relacionadas con la fuga y cacería de un animal salvaje en Antioquia?
RESPUESTA: El presupuesto con que se cuenta es global y cubre la actividad 9.5 relacionada con el seguimiento y control de fauna silvestre la cual contó con un presupuesto para el año 2009 de $82.446.000 ( Ver respuesta 2).
PREGUNTA 9: Que antecedentes reportan en Corantioquia en relación con episodios en los que la fuga de animales salvajes en cautiverio hayan puesto en peligro a las comunidades aledañas ?
RESPUESTA: Corantioquia no reporta ningún antecedente al respecto, salvo el caso de la actual referencia con los hipopótamos.
PREGUNTA 10: A través de que mecanismo o programa prepara Corantioquia a las comunidades que se encuentran expuestas a algún tipo de riesgo por la existencia de animales salvajes, libres o en cautiverio en la zona de su competencia ?
RESPUESTA: A través de reuniones puntuales con las personas o comunidades involucradas, para advertir sobre las acciones preventivas a tener en cuenta e implementar, para afrontar las situaciones que pueden presentarse al respecto.
PREGUNTA 11: Con que mecanismos cuenta Corantioquia para que la comunidad que conoce de animales salvajes libres o en cautiverio que amenazan la seguridad de la comunidad puedan denunciar los peligros a los cuales se encuentran sometidos?
RESPUESTA: Existen diferentes mecanismos como lo son las quejas escritas, telefónicas o via E- mail, o las que se presentan directamente en la sede central de la corporación o en las ocho Direcciones Territoriales de Corantioquia localizadas en su jurisdicción.
Otro mecanismo son las quejas que registra la Policía Nacional a través de La Línea Verde 018000414123 ó en la línea 123, las cuales son remitidas a la Autoridad Ambiental
Igualmente por intermedio de las Alcaldías municipales, inspecciones de Policía, UMATAS, Personería, comandos de Policía y Fuerzas Armadas.
PREGUNTA 12: A través de que mecanismos interinstitucionales se coordinan las políticas y programas de prevención e intervención de morbilidad y mortalidad de seres humanos por contagio de enfermedad o agresión de animales domésticos y salvajes libres o en cautiverio?
RESPUESTA: Cuando se presentan estos casos de prevención o intervención de riesgos a seres humanos por contagio de enfermedad, agresión o muerte se contacta a la autoridad de salud competente, sea departamental o municipal, teniendo en cuenta el lugar donde se presente el incidente.
PREGUNTA 13: A través de que escala Corantioquia cuantifica el riesgo real al que se encuentra sometida una comunidad por la existencia de animales salvajes libres o en cautiverio?
RESPUESTA: El riesgo se cuantifica dependiendo en cada caso en particular, de la relación que el animal tenga con las comunidades, en la medida en que este, esté ocasionando o potencialmente pueda ocasionar algún tipo de conflicto.
PREGUNTA 14: Que tipo de convenio internacional ha suscrito Corantioquia para dar protección especial a animales cuyo hábitat natural no es Colombia, pero que reportan interés respecto de la conservación de especies en el contexto global?
RESPUESTA: Corantioquia no ha suscrito ningún convenio internacional para la protección de animales exóticos. Sin embargo Colombia es firmante de la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres y el Convenio de diversidad biológica, de los cuales el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial es el representante.
PREGUNTA 15: Que políticas o protocolos internacionales son observados por Corantioquia en la conservación, protección, custodia, sacrificio y control de animales salvajes?
RESPUESTA: Los que define el Ministerio de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial en representación del Gobierno Nacional en desarrollo de los CONVENCIÓN CITES y el CONVENIO DE DIVERSIDAD BIOLOGICA.
Dentro de los cuales se tienen los protocolos denominados: Centros regionales para el manejo de especímenes de fauna silvestre decomisados. “Elementos técnicos para su diseño y construcción, protocolos para el manejo y disposición de animales post decomiso”.
PREGUNTA 16: Que razones de tipo social, económico o ecológico llevaron a Corantioquia a autorizar u ordenar la persecución y posterior sacrificio de los hipopótamos de la Hacienda Nápoles?
RESPUESTA: El permiso de caza de control según Resolución 130ZF-3547 de junio 9 de 2009, se sustentó en las siguientes consideraciones:
“Las distintas especies de fauna y flora están siendo cada vez mas transportadas por los humanos y estas a su vez están estableciéndose por fuera de su territorio histórico (Mooney and Hobbs 2000). Estas introducciones de especies exóticas puede traer como consecuencia la modificación de los hábitat en que se encuentran porque no evolucionaron juntos (Mellink 1991; Schlaepfer and others 2005) y estas invasiones pueden afectar la distribución, abundancia y reproducción de muchas especies nativas (Strauss and others 2006).
En Colombia, desde 1981, en del municipio de Puerto Triunfo existe una población en libertad de hipopótamos (Hippopotamus amphibius), que tiene su origen en tres parejas traídas a la Hacienda Nápoles de los zoológicos Cheyenne, Oklahoma, Kansas City y Bookfield en Estados Unidos. Las condiciones ambientales favorables, la ausencia de enemigos naturales y la excelente adaptación de estos individuos propiciaron su reproducción y migración. Actualmente, existen 28 individuos en predios de la Hacienda Nápoles y otros tres haciendo uso de los hábitats cenagosos de los municipios de Cimitarra (Santander), Puerto Nare y Puerto Berrío (Antioquia). Además, ha habido quejas por parte de las comunidades locales porque los hipopótamos que están migrando han intimidado a pescadores y lugareños y no les permiten usar los ríos y ciénagas (Guzman Amado 2007), así como la muerte de al menos siete (7) terneros según queja radicada 810-1764 del 22 de octubre de 2008.
La familia Hippopotamidae está clasificada bajo el suborden Suriformes y el orden Artiodactila (Boisserie 2005; Boisserie and others 2005; Fowler and Miller 2003; Weston 2003). Los hipopótamos son mega-herbívoros nativos de África, clasificados como Vulnerables (IUCN 2007) porque sus poblaciones están disminuyendo debido a la presión humana como la perdida de hábitat y la cacería ilegal (Burroughs and others 2006; Fowler and Miller 2003; IUCN 2007; Lewison 2007b). Los hipopótamos pueden llegar a pesar 3200 Kg (Fowler and Miller 2003) y son extremadamente agresivos y peligrosos, se les conoce por causar más muertes humanas que cualquier otro mamífero en África (Burroughs and others 2006). Ellos también ejercen un efecto catalítico en los cambios geomorfológicos de los ecosistemas, porque sus movimientos periódicos a los sitios de alimentación resultan en el desarrollo de canales que son mantenidos limpios de vegetación y actúan como nodos para la expansión de ciénagas (McCarthy and others 1998).
Los hipopótamos según su desarrollo biológico se encuentran clasificados como: Nivel 1 (Extremadamente Peligrosos): Capacidad de causar lesiones irreversibles hasta muerte instantánea de una o más personas; o Nivel 2 (Altamente Peligrosos): Con capacidad de producir lesiones irreversibles y peligro de muerte. Además, también pueden ser portadores y transmisores potenciales de enfermedades zoonóticas y que afecten a la fauna nativa como Tuberculosis, Brucelosis, Carbunco bacteridiano y Paratuberculosis
Es por ello que este procedimiento buscó evitar los perjuicios potenciales que la presencia de hipopótamos migrando puede causar al ecosistema y a la comunidad local.
PREGUNTA 17. Con que criterio se establece el nivel de riesgo que representa un animal salvaje que ha permanecido en cautiverio por un tiempo superior a 10 años?
RESPUESTA: El hecho de que un animal de la fauna silvestre haya estado en cautiverio, no quiere decir que haya perdido su instinto de conservación y defensa ante alguna amenaza, por tanto el nivel de riesgo esta determinado en cada caso en particular, por la respuesta que los individuos hagan ante una situación específica, sin importar el tiempo que haya permanecido en cautiverio
PREGUNTA 18. Que criterio determina si la reproducción de una especie salvaje, libre o en cautiverio, fuera de su hábitat natural constituye repoblación?
RESPUESTA: Para dar respuesta a esta pregunta relaciona lo contemplado en el Decreto 1608 de 1978, que en su Artículo 129 determina en cuanto a Repoblación: “Se entiende por repoblación fáunica todo acto que conduzca a la reimplantación de poblaciones de especies o subespecies nativas de fauna silvestre en áreas en las cuales existen o existieron y tiene por objeto:
1) Restaurar el equilibrio de los ecosistemas de los cuales forman parte.
2) Promover el incremento de poblaciones nativas de fauna silvestre para evitar su extinción y procurar su renovación secular.
3) Desarrollar una cultura con base en el aprovechamiento racional de la fauna
silvestre y de sus productos, que permita mejorar la dieta alimenticia y el nivel de vida de las comunidades que dependen actualmente de este recurso para su subsistencia.
4) Suministrar, con base en el desarrollo a que se refiere el punto anterior los
Ejemplares y productos necesarios a la demanda científica o comercial, tomándolos de zoocriaderos para evitar o disminuir la presión sobre las poblaciones nativas.
PREGUNTA 19. Cual es la norma que permite al contratista disponer de las partes del animal como cabeza, piel y patas?
RESPUESTA: En la Resolución 130ZF-3547 de junio 9 de 2009, por la cual se otorgo el permiso de caza de control, se estipuló en la metodología: “El o los cadáveres serán eviscerados y preparados para el transporte en el sitio de sacrificio. Las vísceras serán enterradas y las carcasas serán transportadas por tierra en camión a la colección privada de Federico Pfeil Schneider en Bogotá D.C., o a la colección del Parque Zoológico Jaime Duque en Tocancipá, (Cundinamarca)”. Sin embargo es pertinente aclarar que Corantioquia no celebró contrato alguno para la realización de estas actividades.
Las actividades fueron realizadas en cumplimiento del Contrato C-0719-07 de cooperación técnica y financiera celebrado entre la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI), el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT), la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS) y la Fundación Vida Silvestre Neotropical (FVSN), para la realización de un plan de Contingencia frente a la presencia de tres hipopótamos (Hippopotamus amphibious) en la jurisdicción de la (CAS).
PREGUNTA 20. Existen programas de control para animales que si causan estragos ambientales comprobados o que matan personan como por ejemplo la abeja africana, la hormiga loca o para resolver el problemas de los enormes búfalos que se escapan de las fincas y andan en las ciénagas del Magdalena antioqueño?
RESPUESTA: Corantioquia no cuenta con programas, cuando se presenta un conflicto con personas o comunidades se realizan actividades de verificación y acompañamiento, de tal manera que se disminuyan o desaparezca el conflicto. No tenemos información de si existen programas como tal en otros lugares.
PREGUNTA 21. Que conocimiento tenía Corantioquia de las condiciones de seguridad (para los animales y la comunidad) en que se encontraban en custodia los hipopótamos de la Hacienda Nápoles?
RESPUESTA: La Entidad no tenía conocimiento de las condiciones de seguridad (para los animales y la comunidad) en que se encontraban en custodia los Hipopótamos de la Hacienda Nápoles. Es pertinente reiterar que esta hacienda se encuentra en área del municipio de Puerto Triunfo que hace parte de la jurisdicción de CORNARE.
PREGUNTA 22. Con que periodicidad y a través de que mecanismos Corantioquia hacía seguimiento de los hipopótamos de la Hacienda Nápoles?
RESPUESTA:Una vez que algunos de los animales (Hipopótamos) que migraron de la Hacienda Nápoles ingresaron a nuestra jurisdicción, situación que dio a conocer la comunidad, se realizó la verificación de la queja y posteriormente se efectuaron varias reuniones con la comunidad del corregimiento de Bodegas , algunas de ellas en compañía de funcionarios de la CAS, el Ministerio del Medio Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial y la Fundación Vida Silvestre Neotropical ,con el fin de determinar el avance en el monitoreo que venían realizando estos últimos, amparado en el Contrato C-0719-07 de cooperación técnica y financiera celebrado entre ellos y la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI), el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT) y la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS).
PREGUNTA 23. Que medidas hubieran podido evitar la fuga y posterior sacrificio de los hipopótamos de la Hacienda Nápoles?
RESPUESTA: Tal como se expreso en el punto 21 Corantioquia, no tenía conocimiento de la situación en que se encontraban los Hipopótamos, por falta de competencia por jurisdicción y en consecuencia no estaba en su fuero tomar medidas para evitar la fuga de estos animales.
PREGUNTA 24. A juicio Corantioquia, a que obedeció la pérdida de control institucional en el caso de los hipopótamos de la Hacienda Nápoles?
RESPUESTA: La Corporación, por falta de competencia, desconocía todo lo relacionado con el manejo de los Hipopótamos en la Hacienda Nápoles y por lo tanto no está en capacidad de emitir juicio alguno sobre tal situación.
PREGUNTA 25. A través de que mecanismo conoció Corantioquia la fuga del hipopótamo ?
RESPUESTA: Corantioquia conoció de la fuga de los hipopótamos debido a las quejas escritas, telefónicas y personales que se recibieron en la corporación por parte de los habitantes del corregimiento de Bodegas y de Puerto Berrío, así como las que relacionan el ejército nacional en la zona y la UMATA del municipio de Puerto Berrío (radicados No: 810-1764 del 22 de octubre de 2008,130ZF-392 del 12 de septiembre de 2007,130ZF-333 del 12 marzo de 2008, 130ZF 4982, del 22 de septiembre de 2207 y 130ZF- 6350 del 28 de enero de 2009 ), que se anexan.
PREGUNTA 26. En que fecha exacta y con que acto administrativo se produce la decisión de perseguir y cazar a los hipopótamos?
RESPUESTA: Por Resolución 130ZF-3547 de junio 9 de 2009, Corantioquia otorga permiso de caza de control a la FUNDACIÓN VIDA SILVESTRE NEOTROPICAL con NIT 830.137.634-1, legalmente representada por su Director General, señor CARLOS ANDRÉS VALDERRAMA VÁSQUEZ, identificado con la cédula de ciudadanía Nº 79.961.908 o quien haga sus veces, para tres individuos de la especie Hipopótamo (Hippopotamus amphibious) introducidos ilegalmente al país, cuya presencia ha sido detectada en el Municipio de Puerto Berrío, Departamento de Antioquia.
PREGUNTA 27. Con que criterio se estable la participación de los cazadores y de que forma se contrata el servicio?
RESPUESTA: La FUNDACIÓN VIDA SILVESTRE NEOTROPICAL, solicitante del permiso de caza de control, justificó la petición en un documento técnico, que permitió a la Corporación tomar la decisión y que contiene entre otros aspectos los materiales y métodos para realizarla. Sobre lso cazadores establece:” Al menos dos personas, pertenecientes a la Federación Colombiana de Tiro y Caza Deportiva y que cuentan con la experiencia necesaria para este tipo de procedimientos, estarán encargadas de las armas de fuego y del sacrificio de los individuos y serán escogidas del siguiente grupo: Federico Pfeil Schneider, C.C. No. 19.123.264 de Bogotá, miembro también de la Asociación Colombiana de Coleccionistas de Armas y de Safari Club International. Augusto Ramirez Koppel, C.C. No. 79.145.472 de Usaquén. Cesar Valbuena, C.C. No. 19.465.331 de Bogotá; y Christian Pfeil Schneider, C.C. No. 79.786.153 de Usaquén”.
PREGUNTA 28. Que alternativas estudio Corantioquia previa la decisión de perseguir y extinguir a sangre y fuego los hipopótamos ?
RESPUESTA: Las alternativas de destino final hicieron parte del cumplimiento de los resultados del Contrato C-0719-07 de cooperación técnica y financiera celebrado entre la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI), el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT), la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS) y la Fundación Vida Silvestre Neotropical (FVSN), para la realización de un plan de Contingencia frente a la presencia de tres hipopótamos (Hippopotamus amphibious) en la jurisdicción de la (CAS).
Así mismo la decisión fue avalada por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, según oficio con radicado interno N° 95-5603 del 12 de mayo de 2009, suscrito por la doctora BERTHA CRUZ FORERO, Directora de Ecosistemas de esa entidad
PREGUNTA 29. Se consulto el interés de la comunidad internacional para asumir el costo de un procedimiento de captura que no implicara la vida de los animales?
RESPUESTA: Las gestiones sobre el destino final de los animales y los costos que ello implicaba hacen parte del Contrato C-0719-07 de cooperación técnica y financiera celebrado entre la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI), el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT), la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS) y la Fundación Vida Silvestre Neotropical (FVSN), para la realización de un plan de Contingencia frente a la presencia de tres hipopótamos (Hippopotamus amphibious) en la jurisdicción de la (CAS) y por tanto es el Ministerio de Ambiente quien puede suministrar esta información.
PREGUNTA 30. Que funcionario de Corantioquia ha producido la información oficial que ha conocido el país y la comunidad internacional en relación con las razones y circunstancias en las que fue perseguido y cazado el hipopótamo?
RESPUESTA: El director General de Corantioquia, directamente, se ha encargado de transmitir y dar a conocer la información.
PREGUNTA 31: Bajo que parámetros se llevó a cabo la contratación de la Fundación Vida Silvestre Neotropical para capturar a los hipopótamos?
PREGUNTA 32: Cuanto fue el costo total del contrato con la Fundación Vida Silvestre Neotropical teniendo en cuenta su duración tipos de prorrogas o fraccionamiento del mismo?
PREGUNTA 33: Si hubo algún tipo de prorroga ¿Esta se definió bajo que condiciones ?
RESPUESTA A LAS PREGUNTAS 31, 32 Y 33:
La respuestas a estas preguntas, podrá suministrarla el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT) y la CAS, quienes suscribieron el Contrato C-0719-07 de cooperación técnica y financiera relacionado en la respuesta a la pregunta 28.
PREGUNTA 34. En los años del contrato entre Corantioquia y la Fundación Vida Silvestre Neotropical, se llevó a cabo algún tipo de actividad educativa para prevenir a la población o enseñarle a comportarse frente a estos hipopótamos o se dejo a la población en ignorancia del alegado peligro?
RESPUESTA: Es importante reiterar que la Corporación no ha suscrito contrato alguno con la Fundación Vida Silvestre Neotropical, pero como consta en los informes técnicos: 130ZF-4982 del 22 de septiembre de 2007 y 130ZF- 6350 del 28 de enero de 2009,130ZF-6289 del 15 de enero de 2009, 130ZF-6333 del 28 de enero de 2009,130ZF- 6334 del 28 de enero de 2009 , en donde se realizaron actividades de sensibilización y acompañamiento con las comunidades para prevenirlas sobre los peligros que este tipo de fauna representa.
PREGUNTA 35: Cuanto tiempo transcurre entre la fuga de los hipopótamos y la puesta en marcha del operativo?
PREGUNTA 36: Con que protocolos se tomaron las decisiones interinstitucionales sobre la forma en que deberían ser perseguidos capturados, dados de baja, estudiados pos mortem, desmembrados y enterrados los hipopótamos de la Hacienda Nápoles?
RESPUESTA A LAS PREGUNTAS 35 Y 36:
Corantioquia no tuvo conocimiento de la fecha de fuga del los Hipopótamos del a Hacienda Nápoles; se enteró de su presencia en nuestra jurisdicción mediante la atención de quejas de la comunidad presentadas a Corantioquia según los siguientes radicados, los cuales incluyen los informes de las visitas realizadas para constatar y atender la problemática: 810-1764 del 22 de octubre de 2008,130ZF-392 del 12 de septiembre de 2007,130ZF-333 del 12 de marzo de 2008, 130ZF 4982 del 22 de septiembre de 2007, 130ZF- 6350 del 28 de enero de 2009.
El seguimiento, rastreo, cebamiento y monitoreo se realizo desde el mes de junio de 2008, a través del contrato C-0719-07 de cooperación técnica y financiera celebrado entre la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI), el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT), la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS) y la Fundación Vida Silvestre Neotropical.
La respuestas a las preguntas anteriores, podrá suministrarla el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT), quien suscribió el Contrato C-0719-07 de cooperación técnica y financiera relacionado en la respuesta a la pregunta 28.
PREGUNTA 37: Cual es el vinculo existente entre Corantioquia con los cazadores que dieron muerte a los hipopótamos en el Magdalena Medio?
RESPUESTA: Diferente al conocimiento de todas las acciones que se realizaron en virtud del Contrato C-0719-07, la Corporación no tuvo ningún vínculo con los cazadores que participaron en las actividades establecidas para la caza de control.
PREGUNTA 38: Cual es la razón para que no se hubiera procedido a la sedación de los animales para su captura?
RESPUESTA: El procedimiento adelantado sobre la base de la autorización de caza de control se realiza con el propósito de sacrificar a los animales, por lo tanto la sedación en este punto del procedimiento ya no era una opción.
PREGUNTA 39: En que lugar y condiciones se encuentra el hipopótamo macho adulto?
PREGUNTA 40: En que lugar y situación se encuentra el hipopótamo hembra adulto?
PREGUNTA 41: En que lugar y estado se encuentra la cría del hipopótamo?
RESPUESTAS PREGUNTAS 39, 40 y41:
Cabe aclarar que el permiso de caza dado por la Corporación se refería a tres animales avistados en nuestra jurisdicción. Uno de ellos fue sacrificado. En la actualidad y no obstante las indagaciones permanentes hechas en área en donde se encontraban los restantes dos animales, la Corporación desconoce su paradero y estado actual.
Es importante precisar que nunca se pudo determinar a que sexo pertenecían.
PREGUNTA 42. Como califica Corantioquia los resultados obtenidos en el operativo que termino con la masacre de uno de los hipopótamos y la desaparición de los otros dos?
RESPUESTA: Es de advertir que no se trató de una masacre sino de una medida de fusil sanitario. Corantioquia considera que tanto el seguimiento, rastreo, cebamiento, monitoreo realizados, así como la faena de sacrificio de uno de ellos en virtud de la caza de control autorizada realizada través del contrato C-0719-07, se llevo a cabo con el rigor técnico debido y el resultado acorde con lo planeado.
PREGUNTA 43: A que obedece que se haya puesto fin al operativo si aun se desconoce el paradero de 2 de los 3 animales perseguidos?
RESPUESTA: Corantioquia no ha puesto fin a los operativos de seguimiento, rastreo y monitoreo en la zona para identificar la posible presencia de los dos animales; de hecho se remitió la comunicación 130ZF-257 del 15 de julio de 2009 al director de la Fundación Vida Silvestre Neotropical, con el fin suspender las acciones de sacrificio, pero continua con la búsqueda y monitoreo de los dos individuos restantes, con el fin de predecir su comportamiento y proponer los mecanismos y metodologías para definir su destino final.
PREGUNTA 44: A que obedece que se haya dado prioridad a la muerte del hipopótamo macho, se de acuerdo con los conceptos técnicos la hembra es la más agresiva?
RESPUESTA: Frente al permiso de caza se autorizo para el sacrificio de tres individuos; se sacrifico un macho, identificado como tal en el sexaje postmortem; único animal que se pudo ubicar en el tiempo de la faena de caza. Se reitera que nunca se pudo determinar a que sexo pertenecen los otros dos animales.
Corantioquia no cuenta con certeza científica acerca de la afirmación de que las hembras sean más agresivas que los machos.
PREGUNTA 45: A cual de los animales desaparecidos corresponde la cabeza encontrada en el municipio de Guasca?
RESPUESTA: La cabeza enterrada en el municipio de Guasca según el reporte de la Fundación de Vida Silvestre Neotropical pertenece al individuo macho adulto sacrificado en el corregimiento de Bodegas Municipio de Puerto Berrío el día 18 de junio autorizado según la Resolución de caza de control 130ZF- 3547 del 9 de junio de los corrientes y movilizado mediante salvoconducto 0805623.
PREGUNTA 46: A que obedece que el hipopótamo que fue cazado por orden estatal haya sido desmembrado y a la fecha se desconozca la ubicación de sus patas y colmillos?
RESPUESTA: El animal se desmembró debido a su gran tamaño con el fin de poderlo enterrar debidamente y obtener las muestras necesarias para el análisis de enfermedades zoonoticas. Así mismo realizar la extracción de la cabeza y las patas para ser llevadas a la ciudad de Bogotá para su tratamiento taxidermico y posterior exhibición para efectos educativos.
PREGUNTA 47: En que contexto se autoriza retirar la cabeza de un animal salvaje para posteriormente enterrarla en una finca de propiedad privada en ausencia de organismos del estado?
RESPUESTA: Se precisa que teniendo en cuenta que la cabeza del animal se iba a someter a tratamiento taxidermico, con el fin de exponer su cráneo para fines educativos, era necesario su enterramiento con el propósito de que los microorganismos, hormigas y escarabajos carnívoros, procedieran al consumo y descomposición del tejido blando para facilitar la preparación y conservación del cráneo.
PREGUNTA 48: Cual es el impacto medioambiental de enterrar de forma irregular el cadáver de un animal salvaje cazado?
RESPUESTA: Para el caso que nos ocupa los impactos podrían ser contaminación por olores y generación de vectores que pudiesen propagar enfermedades vía área o acuática.
Cabe aclarar que inicialmente se presentaron algunos problemas en el enterramiento del animal, no obstante por requerimiento de Corantioquia para el cumplimiento del punto 9 del Articulo 2 de la Resolución 130ZF-3547 del 9 de junio “No dejar en el sitio del sacrificio o expuestos a la vista órganos, productos o subproductos de los especímenes sacrificados, los cuales deben ser dispuestos conforme a las normas sanitarias y ambientales”, la Fundación de Vida Silvestre Neotropical desarrolló las acciones correctivas, situación que fue verificada por la Entidad, encontrándose a la fecha que el enterramiento del hipopótamo se realizó de manera adecuada y en un sitio apto para el efecto aislado de cuerpos de agua y comunidades aledañas, tal como se reportó en el informe entregado a la corporación por la Fundación Vida Silvestre Neotropical, en cumplimiento con la Resolución que otorgó la caza.
PREGUNTA 49: De quien es la responsabilidad por el daño ambiental que se ocasiona con el entierro del cadáver o sus partes de forma irregular?
RESPUESTA: Se reitera que para el caso de las partes del hipopótamo enterrado en jurisdicción de Corantioquia, no se evidenció daño o deterioro ambiental alguno. En el supuesto de que se hubiera presentado algún daño, la responsabilidad sería del titular del permiso de caza a quien le correspondía realizar los procedimientos de disposición final de los especímenes, con el control pertinente de la corporación, para la mitigación de los daños.
PREGUNTA 50: Las fotos que circulan con la persecución, muerte y enterramiento de los hipopótamos fueron tomadas por instrucciones y con el control estatal?
RESPUESTA: Se precisa que se tomaron algunos registros fotográficos que hacen parte de los informes de control y seguimiento al permiso de caza de control, los cuales reposan en el expediente de la corporación.
PREGUNTA 51: A que obedece la inconsistencia entre la información que suministran los pobladores de la zona los cazadores, el ejercito, Corantioquia, el Ministerio del Medio Ambiente?
RESPUESTA: Corantioquia sólo puede responder por la información oficial que reposa en su expediente, información que se ha dado a conocer a la opinión pública.
PREGUNTA 52: Considera Corantioquia que en este episodio, de buena o mala fe, se ha desinformado al país?
RESPUESTA: La corporación si considera que se ha desinformado al país.
PREGUNTA 53: Cual fue el costo total del operativo de persecución, captura, muerte, estudios post mortem y entierro de los hipopótamos de la Hacienda Nápoles?
PREGUNTA 54 s">: Con cargo a que rubros y de que instituciones estatales, privadas, nacionales o internacionales, se adelanto este operativo?
RESPUESTAS PREGUNTAS 53 y 54: El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial es la entidad indicada para suministrar la información al respecto.
PREGUNTA 55: Que estudios post mortem solicitó Corantioquia que se practicaran a los hipopótamos?
RESPUESTA: La Corporación en su Resolución de permiso de caza de control 130ZF-3547 del 9 de junio de 2009, dentro de las condiciones exigidas al titular del permiso exigió: Entregar estudios sanitarios relacionados con las enfermedades zoonóticas dentro de las cuales se encuentran Tuberculosis, Brucelosis, Carbunco bacteridiano y Paratuberculosis, lo que constituye el efecto negativo de orden social y ecológico de que trata el artículo 116 del Decreto 1608 de 1978, que portan o pueden trasmitir potencialmente estos animales.
PREGUNTA 56: Que resultados han revelado los estudios?
RESPUESTA: El titular del permiso allegó a la corporación los resultados obtenidos en el laboratorio de la Universidad Nacional de Colombia sede Bogotá, realizados el 28 de julio de 2009, radicado en Corantioquia con el número 97-9389. Estos arrojaron resultados positivos para anticuerpos contra bacterias del género Leptospira.
El resultado del examen histopatológico de pulmón no es compatible con tuberculosis; al examen microbiológico de rosa de bengala es negativo para brucelosis; los coprológicos salieron negativos para parásitos gastrointestinales y pulmonares.
PREGUNTA 57: Con que laboratorios u otros equipos de investigación se contrataron o se van a contratar los estudios requeridos?
RESPUESTA: De acuerdo con el informe anteriormente referido las muestras fueron analizadas por el laboratorio de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia, Departamento de Ciencias para la Salud animal de la Universidad Nacional de Colombia sede Bogotá.
PREGUNTA 58: Por que valor en dinero o especie se contrato a los cazadores que participaron en el operativo?
RESPUESTA: Corantioquia no tiene conocimiento de esta información que se presume puede ser suministrada por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
PREGUNTA 59: Se ha detectado en los estudios practicados al animal salvaje muerto algún tipo de enfermedad que hubiese podido contagiar al hombre?
RESPUESTA: Sí; Como se mencionó en el pregunta 56, las muestras del animal salieron positivas para anticuerpos de la bacteria Leptospira interrrogans, la cual tiene la capacidad potencial de infectar y enfermar a los seres humanos.
PREGUNTA 60: Se equipara este tipo de estudio a los realizados por las empresas que realizan zoonosis?
RESPUESTA: No.
PREGUNTA 61: Solicitó en alguna fase de este proceso un estudio epidemiológico o emitió algún concepto técnico el Ministerio de la Protección social?
RESPUESTA: La Corporación no solicitó concepto fundamentado en el principio de precaución considerado en la ley 99 de 1993.
PREGUNTA 62: Corantioquia solicito a lo largo de este operativo concepto técnico alguno a instituciones públicas, privadas, del orden nacional u organismo internacional
RESPUESTA: Con fundamento en consideraciones técnicas el operativo fue avalado por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, según oficio con radicado interno N° 95-5603 del 12 de mayo de 2009, suscrito por la, Directora de Ecosistemas de esa entidad.
PREGUNTA 63: Conoció Corantioquia de algún animal o poblador aledaño a la Hacienda Nápoles que haya sufrido enfermedad o accidente ocasionado por la fuga de los hipopótamos?
RESPUESTA: Se reitera que esta hacienda se encuentra en área del municipio de Puerto Triunfo que hace parte de la jurisdicción de CORNARE y es por ello que Corantioquia no tiene competencia para el conocimiento de este asunto.
PREGUNTA 64: Considera Corantioquia que hubo algún nivel de improvisación que se dio antes, durante y después de la fuga de los hipopótamos?
RESPUESTA: No hubo ningún nivel de improvisación por parte de Corantioquia en lo relacionado con el tratamiento que se le dio al asunto.
PREGUNTA 65: Considera Corantioquia que hay oportunidades de mejorar este tipo de intervenciones a futuro?
RESPUESTA: Si se pueden mejorar aspectos como la oportunidad en la entrega de la información que se suministre a los medios de comunicación.
PREGUNTA 66: Cuenta Corantioquia con la disposición con los recursos suficientes y necesarios para tener un mejor desempeño en situaciones similares a futuro?
RESPUESTA: No se cuentan con recursos.
PREGUNTA 67: A que nivel considera Corantioquia que se haya expuesto la credibilidad de la entidad con el episodio de los hipopótamos?
RESPUESTA: A ningún nivel, además se cuenta el soporte de instituciones y personas expertas dentro y fuera del país que avalan las acciones realizadas tanto técnicas como científicas y jurídicas.
Igualmente el concepto de la Procuraduría General del Nación firmado por el Procurador la primera semana de agosto del presente año, es favorable frente al procedimiento realizado (radicado 98-9519).
PREGUNTA 68: Con que estrategia va a abordar Corantioquia la pérdida de credibilidad y las criticas de organismos nacionales e internacionales en relación con la política medioambiental en Colombia?
RESPUESTA: Como se menciono anteriormente Corantioquia considera que no ha perdido credibilidad técnica frente a su ejercicio.
PREGUNTA 69: En entrevista con la emisora W radio ( lunes 27, de 2009), el cazador Federico Pfiel Schneider, dijo haber declinado la posibilidad de recibir estas partes del animal muerto ¿Por qué aparecía el señor Schneider en el documento de Corantioquia como el receptor de esas partes?
RESPUESTA: En la Resolución 130ZF-3547, quedo estipulado que las carcasas serian transportadas a la colección privada de Federico Pfeil Schneider en Bogotá D.C., o a la colección del Parque Zoológico Jaime Duque en Tocancipá, (Cundinamarca), no obstante en la práctica se hicieron todas las gestiones necesarias para que fuera el Parque Zoológico Jaime Duque quien recibiera estos subproductos, con el fin de que fueran objeto de educación, como en efecto sucedió.
PREGUNTA70: Cual fue el motivo de planear este hecho a escondidas y engañar a la población para que los guiara donde estaban los hipopótamos?
RESPUESTA: En ningún momento el proceso se realizó a escondidas, de hecho la información que profiere la Corporación es de carácter público. Sin embargo se tuvo mesura y prudencia en la divulgación del procedimiento considerando el orden público de la zona, la seguridad de los integrantes de la comisión que desarrollarían las actividades de caza de control, la seguridad de los pobladores cercanos y para que una faena que terminaba con el sacrificio (fusil sanitario), de un ser vivo no se convirtiera en un espectáculo.
Cordialmente,
LUIS ALFONSO ESCOBAR TRUJILLO
Director General
LAET/FARP/JCRLL/aarango
Aparece la Cabeza del hipopótamo 'Pepe' enterrada en finca de Guasca, Cundinamarca


La cabeza del hipopótamo 'Pepe' apareció enterrada en una finca de Guasca, Cundinamarca Julio 25 de 2009 Enlace El Tiempo Foto: Milton Díaz / EL TIEMPO Hasta la finca Tibamox de la vereda La Floresta, en Guasca, llegaron funcionarios de Corpoguavio en busca de la cabeza del hipopótamo. Fue incautada en la finca Tibamox de la vereda La Floresta, luego de que se denunció que un señor "enterró algo grande, muy oloroso, (...) atrayendo moscas cerca de las casas y también los perros". En el operativo de incautación estuvieron el inspector de policía municipal, dos policías, varios funcionarios de Corpoguavio y el Personero local. También estuvo el veterinario Carlos Valderrama, quien participó en la caza del hipopótamo en el Magdalena Medio, y quien, al parecer, ordenó el entierro. Durante esta acción, las autoridades redactaron un acta de incautación, que fue conocida por EL TIEMPO, en la cual Valderrama reconoce, con su firma, que en el predio se encuentra la cabeza del mamífero. Todo comenzó como un rumor en el pueblo. La gente decía que la cabeza del herbívoro estaba en una finca del municipio. Hasta el pasado martes, el implicado no se había pronunciado claramente al respecto. Héctor Díaz, habitante del municipio, contó que Valderrama le pagó 15 mil pesos para enterrar una enorme bolsa que olía a carne descompuesta, pero que desconocía su contenido. Según Raimundo Tamayo, director ambiental de la Corporación Autónoma Regional del Guavio, el 21 de julio, Valderrama le notificó a la entidad que tenía la cabeza del animal, porque -según él- la iba a enviar al Parque Jaime Duque. Sin embargo, Leonardo Arias, director de este parque, le dijo a EL TIEMPO que desconoce ese tema y que nunca ha hablado con Carlos Valderrama sobre el hecho. El veterinario, quien es director general de la Fundación Vida Silvestre Neotropical, que coordinó la cacería, se negó a dar declaraciones sobre el operativo de ayer. No se procedió a la exhumación porque los técnicos de Corpoguavio temen que se deteriore la pieza. Según Tamayo, es posible que siga enterrada otro mes, mientras avanzan las investigaciones y definen a donde será llevada. CAROLINA SITTER CORTÉS Especial para EL TIEMPO GUASCA (CUNDINAMARCA)
MATAR UN EJEMPLAR DE ESTOS ES UN ACTO CRIMINAL
´Nos mintieron cuando llegaron a matar a 'Pepe'", aseguró pescador de Puerto Berrío, Antioquia
Cuando les pregunté a un soldado del Batallón Calibio y a una funcionaria de Corantioquia el por qué del despliegue de gente que rodeaba un caño donde se la pasaba 'Pepe' los dos me respondieron que lo iban a capturar para trasladarlo a un hábitat más adecuado para él". Para leer mas haga click abajo
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