Habrá comparendos para quienes arrojan basuras en espacios públicos
Habrá comparendos para quienes arrojan basuras en espacios públicos
Caracol | Octubre 17 de 2008 Vote: Promedio:44 votos 14 Comentarios Los colombianos que tienen malo hábitos y arrojan basura en cualquier sitio podrían terminar pagando multas cuantiosas y barriendo las calles de su ciudad como castigo, según la ley remitida a sanción presidencial y que crea el llamado 'comparendo ambiental'. La norma, de la que es autor el representante a la Cámara Juan Carlos Valencia, tipifica como atentado contra el medio ambiente y la salud de los ciudadanos ciertas conductas como sacar la basura a la calle cualquier día en horarios diferentes a los de la recolección, arrojar desechos o escombros en cualquier sitio, enmugrar las fuentes de agua o los bosques, camuflar en la basura domética cadáveres de animales y no diosponer de manera adecuada de los excrementos de sus mascotas. También son objeto del comparendo ambiental el uso indebido de recipientes para depositar la basura, arrojar los desechos en sitios públcios como escuelas, colegios, centros de expendios de alimentos o vías públicas. Los recicladores que destapan y extraen parcialmente el contenido de las bolsas y recipientes para la basura una vez sean colocados para su recolección, también son sujetos del comparendo ambiental, dijo el representante Valencia a Caracol Radio. Pero también hay sanciones para los conductores o pasajeros de vehículos que arrojan basura en la calle: esa conducta será considerada como una infracción de tránsito sancionada con multa de un salario mínimo mensual, que a precios de hoy equivale a 461 mil pesos. Las sanciones Según el congresista liberal, la norma próxima a ser sancionada por el presidente Uribe, dispone tres tipos de sanciones a los infractores. La primera es obligar al individuo a asistir a un curso de cuatro horas de duración, sobre temas relacionados con la preservación del ambiente. Si la persona es reincidente en los hechos, tendrá como castigo severo el realizar un día de trabajo barriendo las calles del respectivo municipio, para que sepa lo duro que es ese trabajo, dijo Valencia. "El testarudo que caiga por tercera vez pagará multas que van de uno a dos salario mínimos mensuales, pero si se trata de una persona jurídica, la multa será entre cinco y diez salarios mínimos mensuales y hasta la posibilidad del sellamiento del local donde se produce el hecho", aseguró el representante risaraldense. El valor de las multas será aplicado por el respectivo municipio para campañas de prevención de los hechos y de preservación y respeto al medio ambiente, según la ley. Obligaciones de las empresas La ley obliga a las empresas recolectoras de basura a establecer de manera precisa e inmodificable las fechas, horarios y rutas de recolección, y comunicarlas a los vecinos. De la misma manera las empresas de aseo estarán obligadas a instalar en las vías públicas recipientes para la basura, provistos de elementos y los recursos técnicos y humanos para que las personas puedan ejercer los buenos hábitos de aseo. En cada municipio los concejos están obligados a reglamentar, dentro del año siguiente, lo pertinente a los comparendos ambientales dentro de su competencia y a designar la entidad que se encargará del recaudo y distribución de los ingresos que se produzcan con las multas. Entre tanto el gobierno nacional tendrá la obligación de crear, en un plazo no mayor de seis meses, el formato del comparendo ambiental.
Caracol | Octubre 17 de 2008 Vote: Promedio:44 votos 14 Comentarios Los colombianos que tienen malo hábitos y arrojan basura en cualquier sitio podrían terminar pagando multas cuantiosas y barriendo las calles de su ciudad como castigo, según la ley remitida a sanción presidencial y que crea el llamado 'comparendo ambiental'. La norma, de la que es autor el representante a la Cámara Juan Carlos Valencia, tipifica como atentado contra el medio ambiente y la salud de los ciudadanos ciertas conductas como sacar la basura a la calle cualquier día en horarios diferentes a los de la recolección, arrojar desechos o escombros en cualquier sitio, enmugrar las fuentes de agua o los bosques, camuflar en la basura domética cadáveres de animales y no diosponer de manera adecuada de los excrementos de sus mascotas. También son objeto del comparendo ambiental el uso indebido de recipientes para depositar la basura, arrojar los desechos en sitios públcios como escuelas, colegios, centros de expendios de alimentos o vías públicas. Los recicladores que destapan y extraen parcialmente el contenido de las bolsas y recipientes para la basura una vez sean colocados para su recolección, también son sujetos del comparendo ambiental, dijo el representante Valencia a Caracol Radio. Pero también hay sanciones para los conductores o pasajeros de vehículos que arrojan basura en la calle: esa conducta será considerada como una infracción de tránsito sancionada con multa de un salario mínimo mensual, que a precios de hoy equivale a 461 mil pesos. Las sanciones Según el congresista liberal, la norma próxima a ser sancionada por el presidente Uribe, dispone tres tipos de sanciones a los infractores. La primera es obligar al individuo a asistir a un curso de cuatro horas de duración, sobre temas relacionados con la preservación del ambiente. Si la persona es reincidente en los hechos, tendrá como castigo severo el realizar un día de trabajo barriendo las calles del respectivo municipio, para que sepa lo duro que es ese trabajo, dijo Valencia. "El testarudo que caiga por tercera vez pagará multas que van de uno a dos salario mínimos mensuales, pero si se trata de una persona jurídica, la multa será entre cinco y diez salarios mínimos mensuales y hasta la posibilidad del sellamiento del local donde se produce el hecho", aseguró el representante risaraldense. El valor de las multas será aplicado por el respectivo municipio para campañas de prevención de los hechos y de preservación y respeto al medio ambiente, según la ley. Obligaciones de las empresas La ley obliga a las empresas recolectoras de basura a establecer de manera precisa e inmodificable las fechas, horarios y rutas de recolección, y comunicarlas a los vecinos. De la misma manera las empresas de aseo estarán obligadas a instalar en las vías públicas recipientes para la basura, provistos de elementos y los recursos técnicos y humanos para que las personas puedan ejercer los buenos hábitos de aseo. En cada municipio los concejos están obligados a reglamentar, dentro del año siguiente, lo pertinente a los comparendos ambientales dentro de su competencia y a designar la entidad que se encargará del recaudo y distribución de los ingresos que se produzcan con las multas. Entre tanto el gobierno nacional tendrá la obligación de crear, en un plazo no mayor de seis meses, el formato del comparendo ambiental.
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